viernes, 17 de mayo de 2024

La Junta advierte que la prohibición de inaugurar es válida en el exterior

Imagen de emigrantes votando en urna en las pasadas elecciones autonómicas.
Los emigrantes españoles que quieran votar en las elecciones generales del próximo 20 de noviembre podrán cursar por fax sus peticiones de voto por correo y, además, los miembros de una misma familia podrán aprovechar el mismo sobre para solicitar esta forma de voto por envío postal. Así lo ha establecido la Junta Electoral Central (JEC) en un acuerdo con el que da respuesta a una consulta cursada por la Oficina del Censo Electoral en relación con el voto de los inscritos en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). Desde la última modificación de la Ley Electoral, los emigrantes que quieran ejercer su derecho a voto tendrán que solicitarlo expresamente, lo que se conoce como voto rogado. La JEC considera que, en la medida en que se trata de una condición previa al ejercicio del derecho del sufragio, 'se hace precisa una interpretación no restrictiva de las condiciones de la solicitud'.
Por eso da vía libre a la petición del voto por fax, argumentando que la ley 'no lo imposibilita' y que en determinados territorios los servicios postales encuentran 'dificultades'.

Además, pide que consideren válidas 'las solicitudes que hayan sido recibidas por correo postal en un mismo sobre siempre que se trate de 'la agrupación de la solicitud de voto de colectivos familiares o similares' y no existan 'indicios de una gestión colectiva del voto por terceros'.

Por contra, el organismo arbitral remarca que la solicitud del voto no podrá pedirse fuera de plazo y que la Oficina del Censo debe hacer una interpretación favorable al ejercicio del derecho de sufragio.

La Junta Electoral Central ha aclarado, ante las dudas planteadas por el PP, que la prohibición de actos de inauguración y de propaganda institucional en periodo electoral es aplicable también fuera del territorio nacional. No obstante, el organismo arbitral ha archivado una denuncia de los 'populares' contra la entrega de medallas a personalidades españolas residentes en el exterior en la precampaña

Tras consultar las alegaciones de la Secretaría de Estado de Emigración, la JEC ha decidido desoír la solicitud de los 'populares' en la medida en que 'no se ha acreditado' que estos actos tengan 'un contenido prohibido según lo dispuesto en el artículo 50 de la LOREG'. La última reforma de la Loreg, aplicada en las autonómicas, tuvo como resultado una baja participación.

El Bloque Nacionalista Galego: no hay garantías por fax

El portavoz del Grupo Parlamentario del BNG, Carlos Aymerich, ha denunciado que la 'reforma de la ley pactada' por socialistas y populares, aprobada por la Junta Electoral Central (JEC), permite que se pueda solicitar por fax el voto, lo cual no garantiza la 'personalidad ni que sea el electoral quien formule la solicitud'; así como habilita el envío 'conjunto' de solicitudes por' familiares o grupos similares'.

'No sé si son partidos políticos, o los que viven en el mismo barrio, o los que van al mismo acto electoral y se les fotocopian allí los carnés los que entran en el grupo de asimilados', se ha preguntado Carlos Aymerich, quien ha concluido que 'seguramente, de PP y PSOE, se puede esperar cualquier caso'.
Además, ha censurado que el también presidente de la Xunta, Alberto Núñez Feijoo, haya viajado al Cono Sur 'con dinero público', porque --aclaró-- aunque lo pague el partido --dijo--, fue 'a hacer campaña en un centro que, en todo caso, fue pagado con dinero' de la Administración gallega. Feijoo estuvo en el Centro Gallego.

Los plazos: las sentencias hasta el 23

Los ayuntamientos de toda España y los consulados en el exterior publicaron las rectificaciones del censo electoral surgidas de las reclamaciones realizadas por los ciudadanos para poder votar en los comicios del 20 de noviembre.
Los electores cuya reclamación no haya sido atendida disponían de un nuevo plazo, que finalizaba el 18 de octubre, para recurrir las resoluciones de la Oficina del Censo ante los tribunales de lo contencioso-administrativo, que deberán notificar sus sentencias el 23 de octubre.

El censo electoral estuvo expuesto en los ayuntamientos y consulados del 3 al 10 de octubre pasados, para que los electores llamados a las urnas el próximo 20 de noviembre pudieran comprobar sus datos de inscripción y presentar reclamaciones por posibles errores u omisiones.

Un total de 35.776.615 electores tienen derecho a votar en las elecciones generales que se celebrarán el 20 de noviembre, de los que 34.297.301 son residentes en España y 1.479.314 residentes en el extranjero.