viernes, 03 de mayo de 2024

Los ayuntamientos pueden incluir el cumplimiento de ordenanzas en los informes de arraigo

La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Anna Terrón, ha asegurado que el Gobierno ya deniega los permisos de residencia por motivos extraordinarios, como el arraigo social, a los inmigrantes con informes municipales negativos. Así lo ha afirmado en la presentación en Barcelona del borrador del reglamento de extranjería, que rechaza que los informes municipales para los trámites de arraigo social sean vinculantes, tal y como reclaman diversos consistorios catalanes. '¿Es vinculante el informe de un ayuntamiento? No. ¿Se dan permisos de residencia por arraigo social a personas que tengan informes negativos de los ayuntamientos? No.', ha sentenciado Terrón, y ha argumentado que la autorización de residencia es una competencia estatal, porque determina la libre circulación de una persona por España y el resto de la Unión Europea.

'No sería razonable' ni viable jurídicamente que un ayuntamiento decida quién puede residir por motivos excepcionales en el Estado español, ha reiterado Terrón, si bien ha señalado que los ayuntamientos pueden incluir el cumplimiento de las ordenanzas municipales como criterio de integración en sus informes, aunque éstos no sean vinculantes.

Las comunidades autónomas son las responsables del informe de integración para el arraigo social, según establece la nueva ley de extranjería aprobada en 2009, aunque pueden delegar su elaboración a los ayuntamientos, como ocurre en la práctica.

El Estado fija unos requisitos mínimos para los informes de arraigo - tres años o más de permanencia en el Estado, medios de subsistencia, vínculos con familiares residentes en España, si los tiene, programas de integración sociolaboral y una oferta de trabajo por un mínimo de un año -, aunque deja margen de maniobra a las autonomías para hacer constar 'otros criterios de arraigo'.

En cuanto a la reagrupación familiar de los inmigrantes, el reglamento establece la obligación del Estado de informar a las comunidades sobre el número de familias en trámite, para que puedan prever la llegada de personas a su territorio, aunque también descarta que los informes municipales sean vinculantes en este sentido.

El consejero de Bienestar Social y Familia ha propuesto una reunión a la Asociación (ACM) y a la Federación Catalana de Municipios (FMC) para analizar el borrador del reglamento, y valorar la posibilidad de presentar alegaciones en un plazo de 15 días.