viernes, 26 de abril de 2024

El  Tribunal Federal de Finanzas  (BFH) de Munich ha desestimado la demanda de una pareja de pensionistas contra la doble imposición de sus pensiones de jubilación

Luis Gulín en Xinzo web
Luis Gulín en Xinzo de Limia en una charla con emigrantes retornados pensionistas

El  Tribunal Federal de Finanzas  (BFH) de Munich ha desestimado la demanda de una pareja de pensionistas contra la doble imposición de sus pensiones de jubilación en última instancia. La reclamación era infundada, declaró el lunes Jutta Förster, presidenta de la sala X del máximo tribunal fiscal alemán. Sin embargo, por primera vez, los jueces establecieron una fórmula específica para calcular la doble imposición, que afectará a muchos pensionistas en el futuro. Considera el alto tribunal que los futuros jubilados pueden ser más vulnerables a la doble imposición. Los trabajadores autónomos tienen más probabilidades de verse afectados que los empleados, y los hombres tienen más probabilidades de verse afectados que las mujeres debido a su menor esperanza de vida. Además, los futuros jubilados se verían más afectados.

La base de la denuncia estaba en el cambio de sistema en la tributación de las pensiones desde el el año 2005. Hasta entonces, estaban libres de impuestos, pero las contribuciones se pagaban con los salarios gravados. Desde 2005, las pensiones tienen que ser gravadas: la tributación se realiza "después". Por lo tanto, muchos jubilados se quejan de una doble carga impositiva, primero en la vida laboral y luego nuevamente durante la jubilación. Sin embargo, esto estaría prohibido constitucionalmente.

Sin embargo, las contribuciones a las pensiones legales y privadas pueden deducirse del impuesto sobre la renta como gastos especiales durante la vida laboral. Se aplicará un complicado arreglo de transición hasta 2040, que los demandantes creían injusto. En esta fase de transición de 35 años, la tributación de la pensión pagada aumenta gradualmente, mientras que la carga tributaria sobre las contribuciones a las pensiones disminuye durante la vida laboral. El complicado procedimiento alemán había dado lugar a acusaciones desde el principio de que el gobierno federal estaba introduciendo la doble imposición de las pensiones por la puerta trasera y recaudando demasiado en total.

Texto íntegro de la Sentencia

Para la denominada doble imposición de las pensiones, I - BFH define las bases de cálculo y muestra así la amenaza de la doble imposición de las futuras generaciones de pensionistas.

31 de mayo de 2021 - número 019/21 - sentencia de 19 de mayo de 2021 XR 33/19

En su sentencia de 19 de mayo de 2021 - XR 33/19, el Tribunal Fiscal Federal (BFH) estableció parámetros de cálculo precisos por primera vez para determinar la doble imposición de las pensiones. La apelación del demandante, que ha estado recibiendo una pensión que ha estado funcionando desde 2007 con una asignación de pensión correspondientemente alta, no tuvo éxito. Sin embargo, sobre la base de las especificaciones de cálculo de la BFH, se desprende que es probable que los pensionistas de edad avanzada se vean afectados por la doble imposición de sus pensiones. Esto se deriva del hecho de que la asignación de pensión aplicable a cada nuevo grupo de edad de los pensionistas disminuye con cada año. En muchos casos, por lo tanto, ya no será aritméticamente suficiente para compensar la parte de las contribuciones al seguro de pensión realizadas con cargo a los ingresos gravados. 

En el caso de la disputa, el demandante trabajaba predominantemente por cuenta propia como asesor fiscal durante su empleo activo. A petición suya, se le exigió estar asegurado en el plan de pensiones obligatorio. Pagó la mayor parte de sus contribuciones a la pensión con sus propios ingresos. Solo pudo deducir estos gastos hasta cierto punto como gastos especiales, es decir, solo parcialmente "deducibles de impuestos". Desde 2007, el demandante recibe una pensión de vejez. En el presente procedimiento, interpuso recurso contra su tributación en 2008. La oficina tributaria, de acuerdo con el reglamento transitorio legal, trató el 46% de la pensión abonada como libre de impuestos y sometió el 54% restante al impuesto sobre la renta. El demandante presentó su propio cálculo, según el cual ha pagado aritméticamente significativamente más del 46% de sus contribuciones al seguro de pensión de sus ingresos ya gravados. En su opinión, existe por tanto una doble imposición inconstitucional de partes de su pensión. El tribunal fiscal lo vio de manera diferente y desestimó la demanda.

La BFH tampoco siguió el punto de vista del demandante. Por el contrario, se apega a su jurisprudencia anterior sobre la tributación de las pensiones, que ha sido confirmada por el Tribunal Constitucional Federal (BVerfG), según la cual tanto el cambio de sistema iniciado con la Ley de Ingresos para la Jubilación como el reglamento transitorio legal son en principio constitucionales. Pero también está claro que en casos individuales específicos no debe haber doble imposición de las pensiones. Esta doble imposición se evita si la suma de las entradas de pensiones que probablemente permanecerán libres de impuestos (en resumen: los ingresos por pensiones libres de impuestos) es al menos tan alta como la suma de las contribuciones al seguro de pensiones obtenidas de los ingresos ya gravados. Según los demandantes, según el cual la devaluación del dinero que se produce entre el pago anticipado de las cotizaciones y el pago de la pensión actual o futura debe tenerse en cuenta en el cálculo, el Senado no hizo lo mismo. No veía ni la ley del impuesto sobre la renta ni la ley constitucional como base para tal desviación del llamado principio del valor nominal. Como resultado, los aumentos en el valor de las pensiones, independientemente de si se deben a la inflación o representan un aumento real, pueden estar sujetos a impuestos.

Por primera vez, el X Senado ha definido parámetros de cálculo específicos para determinar cualquier doble imposición de las pensiones. Al hacerlo, dejó en claro que para recibir una pensión libre de impuestos, no solo las asignaciones anuales de pensión del pensionado, sino también las de un cónyuge que haya vivido durante un período de tiempo más largo, deben contabilizarse de su pensión de supervivencia.

Sin embargo, a juicio de la BFH, no se tienen en cuenta todos los demás montos que las autoridades fiscales desearían incluir en el cálculo comparativo como "pagos de pensiones libres de impuestos". Sirven para otros propósitos - predominantemente requeridos constitucionalmente y por lo tanto no son determinantes para el legislador - y por lo tanto no pueden usarse nuevamente para evitar matemáticamente la doble imposición de las pensiones. En particular, la denominada asignación básica, que está destinada a garantizar el nivel de subsistencia imponible de cada contribuyente, no se tiene en cuenta al calcular la “pensión libre de impuestos”. El X Senado también ha formulado parámetros de cálculo específicos para determinar la parte de las contribuciones al seguro de pensiones recaudadas de los ingresos gravados.

Si se aplicaran estos principios de cálculo, la apelación de los demandantes no podría prosperar. Habida cuenta de que el 46% de la pensión del demandante aún era bastante elevado, no se aplicaba una doble imposición. Sin embargo, esto se está haciendo evidente para los jubilados de edad avanzada, para quienes el subsidio de pensión se reduce continuamente de conformidad con el reglamento transitorio legal. Esto se debe a que estos grupos de edad de los pensionistas también hicieron una parte significativa de sus contribuciones a la pensión de ingresos gravados.

Antecedentes legales:

Hasta 2004, las pensiones estaban sujetas al impuesto sobre la renta sólo en pequeña medida (la denominada "participación en los ingresos"). Como resultado, los pensionistas que no tenían otros ingresos imponibles además de su pensión no pagaban impuesto sobre la renta en la práctica. Los pensionistas, en particular los ex funcionarios públicos, pero también los beneficiarios de pensiones de empresa, tenían que pagar impuestos completos sobre sus prestaciones de jubilación. La BVerfG (TC en alemán) vio un trato desigual inconstitucional en esta situación jurídica y obligó al legislador a implementar un nuevo reglamento con vigencia a partir de 2005 a más tardar (sentencia de 6 de marzo de 2002 - 2 BvL 17/99, BVerfGE 105, 73).

La legislatura cumplió con este mandato con la Ley de Ingresos por Jubilación. Desde el 1 de enero de 2005, no sólo las pensiones, sino también los pagos de pensiones están, en principio, totalmente sujetos al impuesto sobre la renta (artículo 22, núm. 1, oración 3, letra a, letra doble aa EStG). Sin embargo, a cambio, los contribuyentes pueden deducir sus gastos de pensión, en particular sus contribuciones al seguro de pensión, como gastos especiales de la base imponible del impuesto sobre la renta (tributación posterior).

La imposición total inmediata de las pensiones no fue posible para la legislatura porque los pensionistas no pudieron reclamar el monto total de las contribuciones que habían hecho hasta 2004 contra el impuesto sobre la renta. Una exención de impuestos inmediata para todas las contribuciones al seguro de pensión parecía imposible para la legislatura debido a la pérdida asociada de ingresos fiscales. Por lo tanto, ha creado regulaciones transitorias a muy largo plazo tanto para el lado de la tributación como para el lado de las contribuciones. Estos estipulan que para los pensionistas que comenzaron a cobrar una pensión hasta 2005 inclusive, una cantidad del 50% de su pensión en ese momento permanece libre de impuestos a largo plazo. Para los pensionistas cuya pensión comienza más tarde, se reduce el porcentaje aplicable a la exención. Por ejemplo, los pensionistas que reciben una pensión por primera vez en 2021, sólo el 19% de la pensión está libre de impuestos. Los pensionistas que comenzarán a cobrar una pensión a partir de 2040 deben pagar impuestos sobre la totalidad de su pensión. Por el lado de las cotizaciones, la normativa transitoria establece que en 2005 solo el 60% de los gastos de pensiones se podrán deducir como gastos especiales, en 2021 será del 92%. A partir de 2025, todos los gastos de pensión serán deducibles en su totalidad como gastos especiales.

En su sentencia de pensiones ya mencionada, la BVerfG formuló, entre otras cosas, lo siguiente respecto a las disposiciones transitorias a realizar por el legislador: “En todo caso, la tributación de los gastos de pensión para la seguridad de vejez y la tributación de los pagos del resultado de los gastos de pensión deben coordinarse de tal manera que se evite la doble imposición. “En la literatura de derecho tributario y en numerosos procesos ante los tribunales tributarios y la BFH, se afirma que la regulación transitoria estatutaria conduce a la doble imposición en muchos casos grupos; esto es inconstitucional.