viernes, 26 de abril de 2024

Celso López: "Continúa la discriminación tributaria a la emigración española"

Celso López, consejero del CRE del Sur del Reino Unido (Área Consular de Londres)

Miles de españoles que viven en el extranjero y son propietarios en España sufren una discriminación impositiva, agravada en el Reino Unido con el Brexit. El grupo de Facebook de “Impuestos para residentes españoles en el Reino Unido” alcanza ya los 2400 miembros.

Hasta la marcha del Reino Unido del seno de la UE, cualquier español con ingresos de inmuebles alquilados en España tenía que pagar a la Agencia Tributaria el 19% de los ingresos netos por alquileres; esto es, ingresos después de deducir los gastos ocasionados por el inmueble como el IBI, gastos de comunidad o mantenimiento.  

Paco, un residente español en Liverpool, soltero, heredó, tras fallecer su madre, un pisito en el madrileño barrio de Vallecas. Felisa, su madre, era el último pariente cercano que le quedaba. Ese piso de Vallecas era un ancla para él, su conexión con el Madrid que le vio crecer y era parte del horizonte de un posible retorno a su tierra natal. Como la vida está muy cara y tener un piso vacío es costoso y poco ético, Paco decidió alquilarlo. Un amigo que es contable le recomendó una gestora que le podía hacer las liquidaciones trimestrales por 90 euros al trimestre – estas liquidaciones son requeridas cuatro veces al año por la Agencia Tributaria, cuando se reside fuera de España-

Tras pagar el IBI y los gastos de comunidad, sus 700 euros de alquiler se le quedaban a nuestro amigo en 590, y en 560 después de pagar a la gestoría. Los 560 Euros restantes, se quedaban finalmente en 454, después de tributar el 19% en impuestos. Tras unos meses del fallecimiento de Felisa, su madre, Paco estuvo un periodo sin trabajo. Cuando fue a pedir ayudas sociales se las denegaron, al tener un inmueble en propiedad y ciertos ingresos mensuales. El trago peor fue que Paco tuvo que seguir pagando el 19% sobre unos ingresos anuales netos de 6.720 Euros. La situación era insostenible y tuvo que vender el piso con urgencia y además con el inquilino dentro. El retorno para Paco tiene ahora un horizonte con unos tintes bastante diferentes.

En el 2008, con la crisis del ladrillo la familia Dumitro vino a Bath, donde ya vivían algunos de sus parientes. En España no había trabajo en la construcción, pero la hipoteca había que pagarla todos los meses. En su caso, el alquiler, después de restar los pagos hipotecarios resultaba negativo: es decir, los intereses hipotecarios no desgravan en viviendas no habituales y así los Dumitro tenían que pagar el gravamen del 19% antes de efectuar los pagos bancarios. El dinero que les quedaba después de la contribución a la Agencia Tributaria no era suficiente para cubrir los gastos hipotecarios y tenían que mandar dinero desde Bath todos los meses. Con muchísimo trabajo, consiguieron no perder su casa en España y después de unos años ya han vuelto a vivir en ella, nunca se adaptaron al clima británico y volvieron a su casa de España tan pronto como les fue posible. 

Hoy las situaciones de Paco o de la familia Dumitro serían todavía peores. Con la salida del Reino Unido de la Unión Europea, cualquier persona en su situación deberá pagar el 24% sobre ingresos brutos, es decir, se deducen los gastos después de pagar el IRPF -del 24% para no residentes- por lo que es muy fácil que muchas familias después de pagar el IRPF y después descontar los gastos (como IBI, comunidad o mantenimiento) hayan pasado a obtener rentas negativas y vean que cada vez se hace más difícil mantener sus propiedades, todo a consecuencia del Brexit y la nueva categorización del Reino Unido como ‘país tercero’.

Si comparamos esta situación con alguien que resida en España, el agravio comparativo por ingresos de renta es enorme; las causas son varias:

-bonificaciones de IRPF por alquileres de los que se pueden beneficiar los residentes en España,

-el uso de la casa en España como residencia principal o los tramos impositivos que en España benefician a quienes tienen pocos ingresos, no se aplican a los residentes fuera de España.

En definitiva, un residente en el Estado español habría tenido que pagar una fracción de lo que se le exige a una persona no residente en España. Cuando el residente está en un país tercero, la diferencia en presión fiscal es abismal.

A los emigrantes españoles en el Reino Unido se les pide que hagan un esfuerzo fiscal mucho mayor y que, en algunos casos, se vean forzados a vender y así perder el arraigo a sus lugares de origen.

La historia viene de largo. Hasta hace muy poco, la discriminación impositiva afectaba también a sucesiones y donaciones. Dos hermanas españolas, la mayor Dori, residente en Mar del Plata y Natalia, residente en Barcelona, heredaron la casa de su tía. A la primera se le requirió pagar 120.000 euros (aplicando el valor de mercado del inmueble por residir fuera de España) y a la segunda 24.000 euros (aplicando el valor catastral del mismo inmueble para calcular el impuesto de Natalia que residía en Barcelona). Al final tuvieron que renunciar a la herencia y su piso se subastó allá en el año 2010.

Es muy triste que esta discriminación no se haya terminado gracias a un interés de la administración por el bienestar de los españoles que residimos en otros países. Fue el Tribunal de Justicia de la Unión Europea que en el 2014 dictó sentencia en contra de España y a favor de la emigración española por discriminarnos en el tema de sucesiones y donaciones. Posteriormente, tuvo que ser el Tribunal Supremo en España el que se pronunciara de nuevo para que se dejara de aplicar un agravio comparativo a residentes fuera de la Unión Europea, clarificando la interpretación de la Agencia Tributaria que hasta entonces había sido contraria a los intereses de la emigración.  

Es una pena que exista un absoluto desinterés por parte de los políticos de turno de proteger nuestros intereses y que tengamos que ser los afectados quienes llevemos a nuestro propio país a los tribunales para que no se nos discrimine.

Hoy estamos a la espera de la resolución de una nueva demanda presentada por el abogado Alejandro del Campo en la Audiencia Nacional, para que termine este agravio comparativo hacia la emigración por la discriminación por rentas de inmuebles ubicados en España y que afecta sobre todo a quienes nos encontramos en terceros países.

Sería muy bonito que el Estado Español cambiara o interpretara la ley de una manera favorable para protegernos y no esperar a que sean los tribunales a través de una orden judicial los que le obliguen a hacerlo, previa demanda de las personas que se ven afectadas y a quien el Estado debería proteger. Muchas personas nos encontramos en lugares lejanos pagando alquileres desorbitados y tener una propiedad en España es algo que nos da seguridad y una garantía de retorno.

El CRE del Sur del Reino Unido www.cresur.uk organiza charlas periódicas sobre tributación y sobre los procesos tributarios para mantener informada a la ciudadanía que reside en el área consular de Londres.

Celso Lopez

Consejero del CRE del Sur del Reino Unido (Área Consular de Londres)