jueves, 02 de mayo de 2024

Los uruguayos no podrían acogerse a la nueva figura del arraigo familiar

La Embajada de España aclaró, mediante un comunicado, que los uruguayos que residen en España de forma irregular no podrán acceder al principal beneficio que prevé el Reglamento de Extranjería, que se encuentra acutalmente en trámite parlamentario. Este reglamento señala, en uno de sus artículos, que aquellos extranjeros ilegales que tengan a su cargo hijos menroes de edad 'de nacionalidad española' podrán obtener un permiso de residencia temporal por el plazo de un año, a fin de regularizar su situación. Pero los uruguayos no estarían contemplados en esta situación, en virtud de las legislaciones de ambos países. Según la interpretación del gobierno español, el artículo 2 de la ley 16.021 de Uruguay considera como 'nacionales' a los hijos de uruguayos o uruguayas cualquiera que sea su lugar de nacimiento.

El ordenamiento jurídico español establece que 'son españoles los nacidos en España de padres extranjeros si ambos carecieren de nacionalidad o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad', cosa que no ocurre en el caso uruguayo.

Voceros de los emigrantes uruguayos en España, a los que consultó el diario El País, mencionarion que se trata de una normativa que aún no fue ratificada por el Parlamento español. También recordaron que aún restan algunas etapas del debate previo en el que participan miembros de distintos sectores de la sociedad.

Los emigrantes están confiados en la nueva legislación y estiman que el plazo de un año para tramitar la residencia es un beneficio 'interesante'.

El proyecto español incluye también un novedoso artículo que establece que las mujeres residentes en situación irregular que denuncien 'maltrato de género', no serán expulsadas del país.

La denuncia determina la suspensión del expediente de expulsión y habilita en forma excepcional la solicitud de residencia y permiso de trabajo.