viernes, 19 de abril de 2024

PARA LOS COMICIOS AUTONÓMICOS QUE SE CELEBRARÁN A LA VEZ EL 26 DE MAYO SE REQUIERE TENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA

Los extranjeros residentes en Aragón se pueden inscribir para votar en las elecciones municipales

Aragón-Elecciones

Podrán ejercer este derecho los ciudadanos de la UE, incluido Reino Unido mientras no se consume el Brexit, y de otros países democráticos con los que España mantiene acuerdos de reciprocidad y que se registren hasta el 15 de enero.

Para los comicios autonómicos que se celebrarán a la vez el 26 de mayo se requiere tener la nacionalidad española.

El 26 de mayo de 2019 se celebrarán en España elecciones municipales y al Parlamento Europeo, cuya organización y gestión corresponde a la Administracion General del Estado, y en las que podrán participar los extranjeros procedentes de países de la UE, incluido Reino Unido mientras no se consume previamente la separación de la UE en el proceso conocido como Brexit. 

En los comicios municipales podrán participar además los ciudadanos de otros países democráticos residentes en España con los que hay acuerdos de reciprocidad, para lo cual han de inscribirse en la Oficina del Censo Electoral hasta el próximo 15 de enero. Estos países son Bolivia, Cabo Verde, Chile, Colombia, Corea del Sur, Ecuador, Islandia, Noruega, Nueva Zelanda, Paraguay, Perú y Trinidad y Tobago.

En cambio, para poder votar en las elecciones autonómicas que se celebran el mismo día –dependientes de cada Comunidad en su ámbito territorial- es requisito imprescindible tener la nacionalidad española.

Para la inclusión de los extranjeros de la UE en el censo electoral vigente de las elecciones se requiere la inscripción previa en el padrón municipal de su lugar de residencia en España y haber manifestado su voluntad de ejercer el derecho de sufragio en España. Las declaraciones formales de esta voluntad pueden realizarse por internet, correo postal o personalmente en el Ayuntamiento de su residencia.

Por internet, los interesados han de hacer la gestión a través de la Sede Electrónica del Instituto Nacional de Estadística (INE), https://sede.ine.gob.es, acreditando su identidad mediante un certificado electrónico asociado al Número de Identificación de Extranjero (NIE).

Por correo postal, los interesados han de cumplimentar la declaración formal contenida en la comunicación que hayan recibido, firmarla y remitirla a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente, sin necesidad de franqueo. Finalmente, en los ayuntamientos también disponen del impreso de declaración formal a cumplimentar.

Para que tengan efecto en el censo electoral vigente de las elecciones municipales y al Parlamento Europeo de 26 de mayo de 2019, las inscripciones de los ciudadanos europeos residentes en España en los padrones municipales y las declaraciones formales deberán realizarse antes del día 30 de enero de 2019, inclusive.

Más corto es el plazo para los ciudadanos procedentes de otros países fuera de la UE que quieran ejercer su derecho al sufragio en las elecciones municipales, que pueden solicitar la inscripción en el censo electoral hasta el 15 de enero.

Quienes se inscribieron para las elecciones municipales del año 2015 y quieran volver a participar en las próximas del año 2019 han de inscribirse otra vez, ya que el censo para este colectivo se renueva en cada elección. 

Las condiciones que deben reunir los interesados para tener derecho a la inscripción son:
1. Ser mayor de dieciocho años el día de la votación y no estar privado del derecho de sufragio activo.
2. Estar inscrito en el Padrón municipal de habitantes.
3. Estar en posesión de la autorización de residencia en España.
4. Haber residido legalmente en España el tiempo exigido en el correspondiente Acuerdo (tres años el día de la votación para los nacionales de Noruega y cinco años en el momento de la solicitud para los nacionales del resto de países).

Al igual que con los ciudadanos de la UE, las solicitudes de inscripción de los extranjeros procedentes de otros países con acuerdos de reciprocidad con España se podrán realizar por internet, correo postal o personalmente en el ayuntamiento de su lugar de residencia.

Para obtener más información, los interesados pueden dirigirse a la Delegación Provincial de la Oficina del Censo Electoral correspondiente a su municipio de residencia, por teléfono en el número 901.101.900 o en su Ayuntamiento.

Según el Instituto Nacional de Estadística, el número de ciudadanos de la UE residentes en España con derecho a voto en las tres provincias aragonesas son: 
-En Huesca, 2.641 electores en las municipales y 2.120 al Parlamento Europeo. 
-En Teruel, 1.077 electores en las municipales y 690 al Parlamento Europeo. 
-En Zaragoza, 6.891 en las municipales y 4.539 al Parlamento Europeo.

A su vez, respecto a los otros países con acuerdos para las elecciones municipales, los últimos datos del Instituto Aragonés de Estadística (IAEST) del Gobierno de Aragón reflejan que en la Comunidad están empadronados: 
-489 ciudadanos de Bolivia (126 en Huesca, 40 en Teruel y 323 en Zaragoza).
-442 ciudadanos de Chile (57 en Huesca, 42 en Teruel y 343 en Zaragoza). 
-4.301 colombianos (493, 353 y 3.455 ciudadanos, respectivamente).
-3.880 ecuatorianos ((300, 65 3.515). 
-347 paraguayos (66, 25 y 256). 
-1.208 peruanos (125, 111 y 1.072). 
-315 ciudadanos de Cabo Verde (14, 21 y 280 en Huesca, Teruel y Zaragoza).
-30 ciudadanos de Corea del Sur (2, 1 y 27 en cada provincia).
-1 islandés residente en la provincia de Teruel.
-18 noruegos; 4 en Huesca y 14 en Zaragoza. 
-10 neozelandeses: 1 en Huesca, 2 en Teruel y 7 en Zaragoza.


Del estado caribeño de Trinidad y Tobano no figuran datos específicos.