jueves, 28 de marzo de 2024

ESPECIALMENTE DERIVADAS DE LA COVID-19

La Xunta de Galicia aprueba las bases de las ayudas para familias gallegas del exterior en situaciones de emergencia social urgente

O titular do Goberno galego, Alberto Núñez Feijóo, durante a rolda de prensa posterior á reunión semanal do Consello da Xunta. San Caetano, Santiago de Compostela, 25/02/21.
El presidente gallego, Alberto Núñez Feijóo

El Consello de la Xunta aprobó hoy las bases de las ayudas para familias gallegas del exterior en situaciones de emergencia social urgente especialmente derivadas de la covid-19. De este modo, el Gobierno gallego, a través de la Secretaría Xeral da Emigración, destina 500.000 euros a las y los residentes del exterior que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender problemas sobrevenidos de carácter extraordinario, ya sean sociales, sanitarias lo asistenciales. 

Estas ayudas, que contarán en 2021 con un crédito presupuestario de 500.000 euros,  se destinan a personas emigrantes gallegas y sus hijos e hijas que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior y que, por cuestiones urgentes y extraordinarias, se encuentren en situaciones de emergencia social, derivadas de la situación de pandemia generada por la covid-19. El pasado año, esta convocatoria ya se vio incrementada hasta los 200.000 euros debido a los problemas que comenzaron a surgir por el avance del virus en los distintos países.

Estos apoyos económicos consisten en ayudas de hasta 3.000€ por persona beneficiaria.

La covid-19 se convirtió en una pandemia global y sus consecuencias sociales y económicas redundan en el agravamiento de situaciones personales que, en algunos casos, llevaron al límite de la exclusión social a familias gallegas que viven en terceros países, especialmente, en América, donde estos problemas vienen a sumarse a las propias dificultades de las situaciones económicas y sociales que se están viviendo en esos lugares. 

Los requisitos necesarios para solicitar estas ayudas son tener rentas o ingresos insuficientes, contar con un patrimonio insuficiente o acreditar razones de carácter social, sanitario o asistencial de situaciones sobrevenidas en un tiempo próximo al de su solicitud como máximo en los últimos doce meses y que, por su gravedad, requieran de una actuación urgente o de la necesidad de realizar el viaje por mor de esta razón. 

El plazo de estas ayudas se establecerá en la orden en la que se convoquen, que se prevé publicar en el próximo mes de marzo y que la Xunta tendrá abierto hasta noviembre.