viernes, 19 de abril de 2024

Los extranjeros no podrán ser expulsados de Brasil si tienen hijos brasileños

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La Corte Suprema de Justicia prohibió que los ciudadanos extranjeros sean expulsados de Brasil si tienen hijos brasileños, informó el máximo tribunal.

De acuerdo con el Supremo, obligar a salir a un padre cuyo hijo es de nacionalidad brasileña es "incompatible" con el principio constitucional de protección a la infancia y a la familia.

La decisión fue tomada la víspera de manera unánime por los 11 miembros de la Corte y está relacionada con un caso de 14 años atrás.

El caso llegó al Supremo tras un recurso de la Abogacía General de la Unión (AGU), que representa al Estado brasileño, a una decisión del Tribunal Supremo que prohibió una expulsión ordenada en 2006 por el Ministerio de Justicia.

Dicha cartera determinó la expulsión de un ciudadano de Tanzania sentenciado en 2003 por usar un documento falso para regresar a su país de origen.

En ese momento, los abogados del Estado alegaron que la legislación solo prohibía la expulsión del país de un extranjero si la fecha de nacimiento del hijo era anterior al acto criminal.

Por eso, con la decisión de la Corte, también queda prohibida la expulsión para extranjeros cuyos hijos hayan nacido en fecha posterior a la del delito por el que se ordenó su expulsión.

Uno de los argumentos del Supremo fue la Ley de Migración, que revocó por completo el Estatuto del Extranjero y que prohíbe expresamente la expulsión cuando la persona tiene un hijo brasileño bajo su custodia o dependencia económica o socio afectiva, independientemente de la fecha de nacimiento o adopción.

Para el relator del caso, el magistrado Marco Aurélio Mello, privar a un menor de la vida familiar también dificulta el acceso a los medios necesarios para su subsistencia, como la consecución de la pensión alimenticia por parte de una persona que vive en otro país.