jueves, 28 de marzo de 2024

Argentina: Comunicado de los representantes de las Asociaciones de la colectividad en el Comité Electoral del CRE de Buenos Aires

Maite Michelón, en el centro, agarra una pancarta en defensa del voto.
Maite Michelón, en el centro, injustamente agraviada, en una manifestación en defensa del voto

COMUNICADO REPRESENTANTES DE LAS ASOCIACIONES DE LA COLECTIVIDAD EN COMISIÓN ELECTORAL ELECCIONES DEL CRE BUENOS AIRES

Los miembros de la Comisión Electoral, representantes de las asociaciones de la colectividad, designados ante las elecciones del Consejo de Residentes Españoles, demarcación Consular de Buenos Aires, desean elevar el siguiente comunicado ante las diversas declaraciones manifestadas públicamente a fin de favorecer la comprensión de los hechos:

1.- En cuanto a la composición de la Comisión:

Según el artículo 11.1.b) de la Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, en esa Comisión habría un máximo de cinco miembros propuestos, de común acuerdo, por las asociaciones o centros españoles de la circunscripción. La misma disposición prevé que, si no hubiese acuerdo entre ellos o los propuestos fuesen más de cinco, estos miembros, hasta un máximo de cinco, serían seleccionados por sorteo entre ellos. A este respecto, y habiendo sido requeridos al efecto por el Consulado General de España en Buenos Aires, solo tres centros propusieron candidatos, a saber: Centro Región Leonesa (María Teresa Michelón, secretaría y presidenta del CRE), Centro Asturiano (Pilar Simón, secretaria) y Centro Galicia (José María Vila Alén, presidente, Arturo Pérez Domínguez, tesorero del Patronato de la Fundación Galicia América y ex presidente de la Federación de Sociedades Españolas y ex Consejero del CGCEE, y Alicia García de la Fuente, secretaria del Consejo de Administración del Instituto Argentino-Gallego Santiago Apóstol). Lo que resulta un total de cinco, el máximo previsto en la mencionada Orden, sin que fuera necesario realizar el sorteo y los cinco resultaron designados.

2.- En lo referente a la reunión de la Comisión:

El 21 de abril se celebró la primera reunión en la que el Secretario de la Comisión entregó a cada uno de los miembros un informe, realizado por la Oficina Electoral Consular (Consulado General) de acuerdo con lo previsto en el artículo 8.1 de la Orden AEC/2172/2010, de 13 de julio, con el resultado de la comprobación de las firmas de electores que respaldaban las candidaturas presentadas. En dicho informe se señalaba que en la lista “Españoles Unidos” había un total de 11 firmas que no coincidían en absoluto con la registrada en el Registro de Matrícula Consular; 7 firmas acompañadas de pasaportes caducados de personas que tenían otro pasaporte en vigor, además de 8 firmas de personas que no constaban en el censo. Asimismo, según el mismo informe, en la lista “Frente Progresista las 13 Rosas” había un total de 17 firmas que no coincidían en absoluto con la registrada en el Registro de Matrícula Consular y 7 firmas acompañadas de pasaportes caducados de personas que tenían otro pasaporte en vigor, además de 13 firmas de personas que no constaban en el censo. Finalmente, el informe indicaba que la lista “Memoria, Verdad y Justicia” no había presentado ninguna firma.

Tras la lectura del informe los representantes de las candidaturas “Españoles Unidos” y “Frente Progresista las 13 Rosas” aseguraron que todas las firmas correspondían a los avalistas y que se habían recogido en situaciones de extrema dificultad. También recordaron que sus candidaturas habían sido partidarias de no celebrar ahora las elecciones y les habían obligado a ello.

El representante de la candidatura “Memoria, Verdad y Justicia” defendió que las copias de los pasaportes enviadas equivalían a una presentación telemática de las firmas, aunque no hubiera ninguna física.

Los miembros de la Comisión en representación de la colectividad solicitaron un análisis detallado de las firmas pero el representante del “Frente Progresista las 13 Rosas” pidió discutir primero los criterios a aplicar e insistió en que su candidatura proponía no presentar ninguna para evitar las elecciones en condiciones sanitarias peligrosas.

Se propuso un receso para que los representantes de las tres candidaturas consultaran eventual retiro de las candidaturas. Tras 45 minutos los representantes pidieron dos días para considerar la decisión por lo que se acordó un cuarto intermedio con este fin.

3.- En lo referente  al análisis de las firmas y la votación:

El viernes 23, reanudada la reunión y dado que las candidaturas no habían llegado a un acuerdo para retirarse, se pasó al análisis de admisibilidad comenzando por las firmas.

Tras un largo análisis de las firmas señaladas en el informe del Consulado, se confrontaron cada una de las firmas cuestionadas en el referido informe con el Registro de Matrícula Consular. La Comisión Electoral, con el voto en contra de los representantes de las listas “Españoles Unidos” y “Frente Progresista las 13 Rosas”, y la abstención del representante de la lista “Memoria, Verdad y Justicia”, acordó que cinco firmas de la lista “Españoles Unidos” y siete firmas de la lista “Frente Progresista las 13 Rosas” eran falsas.

A continuación, de acuerdo con lo expresado el artículo 8.1 de la Orden: “Las firmas serán ser comprobadas por los medios al alcance de la oficina electoral y, si se comprobase la falsificación dolosa de alguna de ellas, la comisión electoral que se establece en el artículo 11 decretará la inadmisibilidad de la lista”, la Comisión Electoral decretó la inadmisibilidad de ambas candidaturas por cinco votos contra tres.

Asimismo, la admisibilidad de la lista de “Memoria, Verdad y Justicia” fue rechazada por seis votos contra dos, considerando que la ausencia total de firmas no era subsanable.

4.- Conclusión:

Lo decidido se basa estrictamente en los hechos y en la normativa legal aplicable a cada caso y su consecuencia, en todo caso, no es otra que la de su postergación.

El derecho inalienable de participación democrática, y en particular el de las candidaturas, no está vulnerado, en absoluto; sea mediante la revocatoria de prosperar recursos o por nueva convocatoria de no prosperar, como es de toda obviedad las elecciones habrán de llevarse a cabo de un modo o de otro. Es el curso legal natural de todo proceso.

5.- Expresión de solidaridad:                     

Por último, manifestamos nuestro apoyo y nos solidarizamos profunda y plenamente con nuestra compañera María Teresa Michelón ante los injustos agravios recibidos en varios comunicados recientemente publicados por varias agrupaciones en los que se le atribuyen intenciones y hechos absolutamente falsos que desde luego no mancillan su figura y su bien ganado prestigio.

Dejamos constancia asimismo que jamás en ningún momento hemos recibido sugerencia alguna por parte de Maite, limitándose a sus intervenciones en la reunión, siempre equilibradas y objetivas.

María Teresa Michelón                                                      

José María Vila Alén

Arturo Pérez Domínguez                                             

Alicia García de la Fuente

Pilar Simón    (ausente en la reunión del viernes 23)

Ciudad de Buenos Aires, 11 de mayo de 2021