Esta semana, el Gobierno tiene previsto firmar la Instrucción del Ministerio de Justicia que facilita el acceso a la nacionalidad: La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, afirma que ‘da opción a la nacionalidad como nunca antes se hizo’.

Consuelo Rumí y Agustín Torres, en una rueda de prensa.
La secretaria de Estado de Inmigración y Emigración, Consuelo Rumí, destacó que ‘el Gobierno continúa en su deseo de impulsar las reformas legales necesarias para el cumplimiento de los compromisos adquiridos’, haciendo especial hincapié en que ‘el Ejecutivo de José Luis Rodríguez Zapatero podía haber optado por una Instrucción para el desarrollo de la Ley de Memoria Histórica menos ambiciosa y de menos alcance. Sin embargo, lo que se hace es desterrar agravios comparativos con una medida histórica con los descendientes de españoles que facilita la nacionalidad como nunca antes se había hecho’.
En este sentido, mostró su ‘satisfacción’ por ver como la iniciativa para ampliar la nacionalidad ha fructificado. ‘Hemos estado a la altura de la responsabilidad histórica con la emigración; ninguna otra reforma ha tenido el alcance y la trascendencia que va a tener ésta’, señaló Rumí al tiempo que destacó que ‘la Asociación de Hijos y Nietos de Descendientes Españoles ha acogido muy favorablemente la Instrucción, en la que se han tenido en cuenta sus comentarios y propuestas’.
Exiliados y emigrantes
Sin embargo, Rumí rechazó que las medidas para el desarrollo de la Instrucción favorezcan únicamente a los nietos de los exiliados políticos. La secretaria de Estado señaló que si bien es verdad que la Instrucción se ha referido casi en exclusiva a los nietos de exiliados durante la Guerra Civil y la Dictadura, ‘también van a poder acceder a la nacionalidad todos aquellos cuyo padre o madre fueran españoles de origen, sin importar el lugar de nacimiento, sin discriminación alguna. Después está el segundo supuesto, el del exilio, para los que tuvieron que salir en determinadas fechas entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955’.
La secretaria de Estado de Emigración consideró que ‘las fechas están escogidas con mucho significado’ y recordó que ‘no hay ya el condicionamiento que había para optar por la nacionalidad a los hijos de españoles de origen, a los que se quita, precisamente, el requisito de haber nacido en España’.
‘Lo importante es el compromiso político que se ha alcanzado’, señaló Rumí, quien negó que la Instrucción haga una discriminación entre unos nietos y otros. ‘Estamos en dos situaciones distintas: las del primer supuesto, es un vínculo directo -el padre o madre- quien transmite a su hijo o hija. En el tema del exilio, con criterios de generosidad y responsabilidad, la transmisión es directa del abuelo o abuela al nieto o nieta’.
Rumí recordó que el exilio sólo se puede vincular a un tiempo, y este supuesto aparece como consecuencia de vincular el compromiso del Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior con la Ley de Memoria Histórica’. Esta vinculación se hizo con la intención de que el trámite fuera más inmediato.
‘El exilio tiene una naturaleza y por tanto debe estar encuadrado en unas fechas. No creo que sea un agravio comparativo, porque estamos hablando de todos los que se fueron de España por esas fechas y que lo van a poder justificar de muchas maneras, no sólo porque fueran perseguidos, sino también aquellas personas que puedan justificar que han tenido una relación con cualquiera de las asociaciones del exilio español. Creo que se está siendo muy generoso’.
Así pues, los nietos de los españoles que emigraron antes de 1936 o después de 1955 no van a tener derecho alguno a pedir de forma directa la nacionalidad. Lo podrán hacer, si no la tienen, sin saltarse la cadena (a través del padre o madre).
Rumí rechazó que se trate de una medida política, tal y como asegura el PP, ya que ‘no todo el que se fue durante la Guerra civil lo hizo por cuestiones políticas’. Rumí, recordó además que ‘el Gobierno ha decidido la fecha de 1955 porque los datos señalan que la emigración más numerosa se produce hasta el año 1952 y se amplían aún así tres años más’.
El director general de Emigración, Agustín Torres, señaló que lo que se pretende con la Instrucción que entrará en vigor en diciembre es ‘solucionar agravios y circunstancias que se produjeron en una época muy determinada y que a pesar de las diversas reformas, no estaban solucionadas’.
Satisfacción en colectivos de nietos
Daniel Barreiro, coordinador de la Asociación Hijos y Nietos de Españoles, HyNE, considera que ‘se ha conseguido que se cumpla lo pactado por los dos partidos mayoritarios en el Estatuto de la Ciudadanía Española en el Exterior, pudiendo adquirir la nacionalidad todos los hijos de españoles de origen’. Así, señaló que ‘los nietos del abuelo varón emigrante que mantuvo su nacionalidad (o por lo menos hasta que sus hijos nacieron) podrán adquirir la nacionalidad española siempre. Si sus hijos (españoles de origen) recuperaron la nacionalidad en vida, mejor para el nieto, si el español de origen ha fallecido no hay problema, simplemente habrá que inscribirlo fuera de término’. Para Barreiro, ‘la fecha arbitraria de 1936/55, no se aplicará para los hijos de españoles de origen’.
También lamentó que ‘el tema de la discriminación por línea materna continúa existiendo, dado los nietos de las españolas que emigraron antes de 1936 no serán contemplados en la reforma’.
Guillermo García , también coordinador de HyNE, coincidió en que ‘está totalmente confirmado que los nietos por abuelo varón emigrante que ha tenido hijos españoles de origen por haber mantenido la nacionalidad española a lo largo de su vida o que la perdió tras el nacimiento de estos hijos, entrarán absolutamente todos’. Pero señala que ‘los nietos por abuela o abuelo que perdieron la nacionalidad antes de nacer sus hijos y que emigraron fuera de las fechas establecidas quedarán fuera de esta ampliación’.
#1 Comentario de: Catalina Carmen Aulet Garcia
LLegué a Chile en el Winnipeg en el año 1939, mis hijos tienen la nacionalidad española dada por mi, pero ahora que mis nietos quieren acceder a la nacionalidad española por la ley de la MEMORIA HISTORICA, nos dicen en el Consulado de Santiago de Chile, que no tenemos derecho para inscribir a los niños que quieren tomar la nacionalidad y que según la ley nos correspondería. Que puedo hacer para que Uds. me ayuden a resolver esta problematica, ya que al parecer la ley tiene algunas falencias y se discrimina a las mujeres que como madres dimos la nacionalidad española. Por favor ayudenme a resolver esto que me parece tan justo para nosotros y que por tanto tiempo esperamos. Muy atte. a Uds. y a la espera de una pronta solución se despide cordialmente. Catalina Carmen Aulet Garcia, de 78 años, nacida en Málaga.