viernes, 29 de marzo de 2024

BECAS

Se modifica el reglamento que permite incrementar la renta exenta de impuestos a los becados

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El Consejo de Ministros acaba de aprobar un real decreto a partir del cual se modifica el reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, entre otros aspectos, en lo relativo al importe exento de las becas públicas y las concedidas por entidades beneficiarias del mecenazgo para cursar estudios.

La intención del Gobierno, con esta modificación -cuyos efectos entran en vigor el próximo 1 de enero de 2018- es la de incrementar considerablemente el importe disponible para los beneficiarios de estas becas.

En el reglamento, figuraba como importe exento de las becas para cursar estudios reglados, en concepto de costes de matrícula, cantidades satisfechas por concepto equivalente y seguros la cantidad de 3.000 euros anuales, que ahora se duplica a 6.000.

Este importe se elevará ahora hasta un máximo de 18.000 euros anuales -antes era de 15.000- cuando la dotación económica tenga por objeto compensar gastos de transporte y alojamiento para la realización de estudios reglados del sistema educativo, hasta el nivel de máster incluido o equivalente.

Cuando la beca se destine la realización de estudios en el extranjero, el techo se eleva de 18.000 a 21.000 euros anuales.

Si el objeto de la beca es la realización de estudios de doctorado, estará exenta la dotación económica hasta un importe máximo que también se eleva de 18.000 a 21.000 euros anuales y de 21.600 a 24.600 euros anuales cuando se trate de estudios en el extranjero.

En todos estos casos, tal y como ya preveía el reglamento, cuando la duración de la beca sea inferior al año natural, la cuantía máxima exenta será la parte proporcional que corresponda.