viernes, 19 de abril de 2024

GESTACIÓN SURROGADA

El Consulado de España en Kiev niega a familias españolas la inscripción de bebés nacidos por gestación subrogada

p1050468
En la imagen el consulado de España en Kiev

El Consulado de España en Kiev (Ucrania) ha negado  a varias familias la solicitud de inscripción en el Registro Civil de los bebés nacidos por gestación subrogada en este país, según una de las resoluciones a las que ha tenido Europa Press.

En el escrito, el cónsul español, encargado del Registro Civil Consular, Rodrigo de la Viña Muhlak, deniega la solicitud de inscripción de una niña e indica que "no puede controlar ni considerar garantizada" la protección jurídica del interés superior del menor en los supuestos de gestación por sustitución y tampoco "la veracidad y fiabilidad de los documentos aportados" por la familia.

Además, recuerda que la Fiscalía ucraniana "mantiene abiertas investigaciones judiciales sobre un posible tráfico internacional de menores", asociado a procesos de gestación por sustitución.

En esa resolución señala que la familia puede presentar recurso ante la Dirección General de los Registros y del Notariado, dependiente del Ministerio de Justicia, en un plazo de 15 días hábiles desde la fecha de notificación de la misma.

Según ha informado a Europa Press una de las familias afectadas, un grupo de españoles ha acudido al Consulado en Kiev a protestar por tales resoluciones y solicitar "protección ante la situación de desamparo" en la que se encuentran, pero un responsable de esta oficina les ha negado el acceso a la misma alegando que para ello es imprescindible cita previa. "Me encuentro en la calle con un bebé recién nacido. Pido asistencia consular de emergencia", dice uno de ellos en un vídeo.

Este trámite en el Consulado funcionaba con relativa normalidad hasta que el pasado mes de agosto cientos de parejas de españoles denunciaron que esta oficina había dejado de registrar a recién nacidos.

El Ministerio de Asuntos Exteriores envió un comunicado en el que advertía de que el tratamiento de este tipo de expedientes requería de un "especial cuidado", después de que se denunciaran dos posibles casos de mala praxis médica, así como de posible tráfico de menores, asociados a procesos de subrogación, que investiga la Fiscalía de aquel país. Además, desaconsejaba el inicio de cualquier proceso.

El Consulado aconsejó a las familias registrar a los menores como ciudadanos ucranianos y obtener el pasaporte de aquel país en el que figurasen los padres españoles, como ocurre en otros lugares donde la gestación subrogada es legal, y en España realizar el procedimiento judicial pertinente para regularizar la situación del bebé. Este trámite tarda unos meses, deja rastro administrativo e impide acceder a las prestaciones públicas de forma directa.

80 FAMILIAS DENUNCIARON UN COLAPSO

Unos días después de la polémica, el Consulado volvió a citar a los padres para tramitar las inscripciones en el Registro Civil en el mes de septiembre con un sistema parecido al anterior. Sin embargo, tres meses más tarde, en enero, unas 80 familias españolas denunciaron un nuevo colapso administrativo que hacía "peligrar" la vigencia de sus visados. Exteriores admitió los retrasos y adelantó las citas.

Hasta hace unos meses, para obtener el pasaporte español provisional de los recién nacidos, las parejas presentaban un documento oficial de renuncia de la gestante ucraniana como madre del bebé y demostraban la filiación del padre, con una prueba de ADN certificada, pues es quien aporta la carga genética.

De esta forma, se registraba al niño como hijo de una relación extramatrimonial ante el Gobierno español y la mujer realiza el proceso de coadopción en España. Tanto el niño como el padre, al volver de Ucrania, tenían acceso a todas las prestaciones públicas.

NUEVO REQUERIMIENTO DE SENTENCIA JUDICIAL DE FILIACIÓN

Ahora, según han relatado a Europa Press, Ana y Fernando, dos de los padres afectados por esta resolución, se les solicita una sentencia de un juzgado ucraniano que certifique la filiación.

Según señalan, la presentación de este documento es "inviable" porque en Ucrania se procede a la inscripción de los padres españoles en el registro sin que exista resolución judicial. Según señalan, se les ha explicado que se deniega la inscripción por no haber presentado la sentencia judicial de filiación, a pesar de que sí han presentado pruebas de ADN sobre la filiación del padre y la hija.

Según precisa Marcos Jornet, abogado de la Asociación Son Nuestros Hijos, según la ley, cuando un país no emite este tipo de resoluciones judiciales, hay que remitirse a la comprobación del vinculo biológico paterno (artículo 10.3 de la Ley de reproducción asistida).

Jornet señala que el consulado lo que alega ahora es que, en la medida en que no se tiene medios para verificar los vínculos paternos, se remite a los jueces españoles. Sin embargo, se pregunta por qué hasta la semana pasada sí se han estado incribiendo los casos, tras analizar este el vínculo caso por caso y ahora se cambia de criterio.

RECURRIR O TRAMITAR LA CIUDADANÍA UCRANIANA

La abogada de algunas de estas familias, Ana Miramontes, ha explicado a Europa Press que la opción que tienen ahora estos padres es "tramitar la ciudadanía ucraniana para los bebés", salir de Ucrania y acudir a los tribunales en España para que se registre a sus hijos como españoles.

La otra vía sería recurrir las resoluciones pero ha precisado que los trámites son lentos frente a la opción de solicitar la ciudadanía ucraniana, que es más rápida.

Además, la abogada ha valorado estas resoluciones como un "cambio de criterio sorpresivo" pues, según ha precisado, los responsables del Consulado se reunieron con las familias y les dijeron que iban a ser inscritos. "De repente se ven sorprendidos por esta decisión sin que haya habido ningún tipo de aviso previo", ha zanjado.