jueves, 18 de abril de 2024

ELECCIONES CRE 2016

"El 5 de septiembre no es la fecha límite para pedir el voto por correo a los CRE"

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Angel Capellán durante una intervención en el CGCEE

Lamentablemente se está difundiendo información errónea sobre las fechas válidas para petición del voto por correo en las elecciones a los CRE.  Si se mantiene, sería seriamente perjundicial para una mayor participación de la comunidad española en su opción del voto por correo.

Se está publicando y escribiendo en diversos medios que la fecha límite para la petición del voto por correo es el 5 de septiembre. Esto es sencillamente incorrecto y no corresponde a la norma establecida por la Orden Ministerial. 

Algunos indican también que las elecciones son el 18 de septiembre. También incorrecto, salvo en algunos casos.

Esta Orden Ministerial establece normas claras y precisas:

La Oficina Consular deberá enviar el paquete para votar a cuantos envíen su petición de voto con tal de que llegue TRES DIAS ANTES de las elecciones. No pone ningún límite a la fecha de envío por el votante. 

Esto quiere decir que si el elector decide envíar la petición de voto por correo ordinario, la fecha de llegada al consulado es impredecible. Se expone a cualquier ineficacia del correo. 

Los electores pueden también mandar su petición por fax. Esto significa que la llegada de su fax es instantanea y teóricamente podría hacerse hasta tres días antes de las elecciones. Es recomendable darse bastante más tiempo. Todos los consulados deben haber autorizado este sistema. Si no lo han hecho las candidaturas y los CRE en funciones (se disuelven el día de las elecciones) deberían protestar. 

Aunque el Ministerio de Asuntos Exteriores nos prometió formalmente como opción válida el envío por e-mail de la petición del voto para votar por correo, lamentablemente muchos consulados no la han autorizado. Esto es algo que la Comisión Permanente del Consejo General deberá tomar seriamente y sobre lo cual deberá presentar un escrito al Ministerio. Sin embargo me consta (y admiro esas oficinas consulares) que en muchos consulados se ha aceptado esa modalidad como válida. Es de lamentar que no haya sido ni con mucho en todos ellos. En el Consulado de Nueva York tuvimos esa opción como válida ya en las elecciones de 2011 pero no se aceptó esta vez. 

Es importante tener en cuenta que las fechas de las elecciones las ha establecido en cada consulado la Comisión Electoral correspondiente. El Ministerio había propuesto tan solo fechas límites entre el 9 y el 23 de septiembre que se ajustan a la normativa del Real Decreto tal como se aplicó para estas elecciones. Pero según interpretación, al parecer válida, que recibí de una oficina autorizada, podía también incluir el sábado 24 y domingo 25. Así que según la Orden Ministerial, todas las peticiones de voto por correo debían llegar a los consulados entre el día 6 (Consulados donde las elecciones se hubieran establecido para el 9); y el 22 de septiembre si las elecciones se establecieron para el 25. 

De nuevo, la opción del envío de la petición por fax o por e-mail (donde este segundo método se haya autorizado) da bastante más tiempo para realizar la petición.   

Es importante que cualquier medio que haya publicado como fecha límite el 5 de septiembre, cualifique ahora que en la mayor parte de los consulados los electores tendrán bastante más tiempo para enviar su petición. 

Ángel Capellán Gonzalo es Presidente, Comisión de Derechos Civiles y Participación; Consejero por los EEUU, Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), 1998-2016; Presidente, Consejo de Residentes Españoles de NY (CRE), 1997-2006; 2014-2016