domingo, 05 de mayo de 2024

SERVIRÁ PARA MAXIMIZAR LAS POLÍTICAS EXTERNAS

La Generalitat aprueba crear el Registro de catalanes residentes en el exterior

El Gobierno de Cataluña ha aprobado el decreto de creación del Registro de catalanes residentes en el exterior, donde se establecen los requisitos y el procedimiento de inscripción. La responsabilidad de este registro es del Departamento de la Presidencia mediante la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea.
 
La finalidad de este registro es procurar el conocimiento de las demandas y las necesidades de los catalanes residentes en el exterior para desarrollar las líneas de actuación y los programas adecuados por parte del Gobierno de la Generalidad, así como facilitar a estos ciudadanos el ejercicio de sus derechos cuando la Generalidad de Cataluña articule políticas públicas que afecten o sean de interés de este colectivo.
 
 

La Generalitat de Cataluña sólo dispone de datos cuantitativos referentes a la comunidad catalana en el exterior. El Registro de catalanes residentes en el exterior permitirá poder conocer la ubicación y datos de interés de los residentes en el exterior que decidan inscribirse. Por tanto, la Generalitat de Cataluña dispondrá de una herramienta que favorecerá la capacidad del Gobierno para hacer más efectivas sus actuaciones y comunicaciones en el exterior, informando, por ejemplo, de aquellos proyectos relacionados con Cataluña que se organicen en otras países del mundo con presencia de catalanes.
 
De carácter voluntario

Este registro es de carácter voluntario para los catalanes residentes en el exterior. Se dirige a aquellos ciudadanos que tienen la condición política de catalán de acuerdo con lo establecido en el Estatuto de autonomía de Cataluña. Esta condición la tienen los ciudadanos con nacionalidad española que residen fuera del Estado español, que están dados de alta en los registros de los servicios consulares españoles, y que tienen su último empadronamiento en alguna población de Cataluña. Asimismo, se incluyen también en esta condición aquellas personas descendientes de catalanes con nacionalidad española que nunca han residido en el Estado pero que tienen como municipio de adscripción cualquier población catalana.
 
Los trámites para inscribirse en este registro comenzaron el día 3 de junio de 2014.  El procedimiento de inscripción en el Registro consistirá en una preinscripción electrónica vía web (el acceso a la que estará operativo a partir del 3 de junio dentro de la web de la Secretaría de Asuntos Exteriores y de la Unión Europea), y el envío posterior de la solicitud de inscripción y la documentación requerida, por correo postal, en el registro de entrada de documentación de la misma Secretaría.