viernes, 29 de marzo de 2024

LA JUNTA ELECTORAL CENTRAL NO HA ACEPTADO LAS PROPUESTAS DE MEJORA DEL SISTEMA DE VOTO PRESENTADAS POR LA FIEC

Apenas el 10% de los catalanes residentes en el exterior podrán votar en las elecciones del 27-S

FIEC

Desde la FIEC se informa que los primeros envíos de la documentación para poder votar en las Elecciones al Parlament de Catalunya del próximo 27 de septiembre han comenzado a llegar a la mayoría de países poniendo, como siempre, a prueba la paciencia de los pocos electores del exterior que han conseguido superar la primera fase del 'voto rogado'. En muchos lugares del mundo los retrasos pueden ser considerables y, en algunos casos, ha habido desagradables sorpresas al encontrarse algunos electores con la sorpresa que la documentación no contiene las papeletas. Es poco probable que se puedan cumplir los absurdos plazos de votación impuestos por la LOREG, nada que no haya ya ocurrido en todos los procesos electorales anteriores desde la reforma de 2010.

Únicamente 20.836 catalanes, o sea apenas el 10,6% de un censo total de 196.602, son los que tienen, todavía, la posibilidad de poder votar si la documentación llega antes del día 22, en el caso de que no puedan ejercer el voto de forma presencial. A pesar de todas las dificultades, la intensa campaña de información que desde la FIEC, las ANC de l'Exterior, Catalans al Món, Marea Granate, desde muchos casals y entidades catalanas y desde las administraciones públicas, (Gobiernos catalán y central), ha permitido superar las cifras de solicitantes de voto de las elecciones anteriores en 2012, ocasión en la que fueron 17.435 los catalanes residentes en el exterior con derecho al voto. No hay todavía datos de la solicitudes ERTA.

Según la definición de 'voto rogado' en Wikipedia, https://es.wikipedia.org/wiki/Voto_rogado, el' voto rogado' es una modalidad de sufragio en la que, el elector potencial, se ve obligado a "rogar" que le sea concedido el derecho a voto, (generalmente, por parte de una autoridad electoral). En la práctica, supone una forma moderna de sufragio censitario ya que, como consecuencia del "ruego", no hay un sufragio universal real, condición necesaria para que todo cuerpo electoral sea considerado plenamente democrático. Es decir un sistema electoral y de voto propio de países con baja calidad democrática. 

Obviamente la única manera de votar desde el exterior con calidad democrática es la derogación del artículo 75 de la LOREG que instaura el 'voto rogado', y es responsabilidad de quienes votaron esa reforma en 2010, (PP, PSOE, CiU, PNB y BNG), adoptar una nueva reforma. A pesar de su autocrítica, en las próximas elecciones al Congreso de Diputados y Senado previstas en diciembre de 2015 se repetirá la misma historia. También, desde Catalunya, y si algún día se adopta una ley electoral propia convendría que se contemple la posibilidad del voto electrónico, una solución plenamente compatible con la tecnología disponible y que solo requiere de la voluntad política.

Des de la FIEC, la Federació Internacional d'Entitats Catalanes, presentamos a la Junta Electoral Central, (JEC), el pasado 28 de julio un escrito en que proponíamos diversas medidas para mejorar el sistema en el marco de la legislación actual:

- Que se amplíe hasta el máximo que permite la Ley, (hasta el 26 de septiembre), el plazo para enviar el voto por correo a los consulados;

- Facilitar a los electores que deban desplazarse lejos de su lugar de residencia la posibilidad de solicitar el voto desde donde estén pudiendo facilitar una dirección postal no coincidente con el lugar de residencia;

- Que se extienda as electores CERA el procedimiento establecido por los votantes ERTA de forma que envíe una papeleta en blanco al elector escriba el nombre del partido o coalición al que vota de forma que no sea necesario imprimir y enviar todas las papeletas de los quien se presentan en cada circunscripción; Esto sería un ahorro de tiempo para los electores y de dinero para la administración.

En su respuesta a la FIEC, tanto la JEC como la Dirección de Asuntos Consulares y Migratorios del Ministerio de Asuntos Exteriores,se puede decir que consideran razonables las propuestas pero consideran que sin reformar el artículo de 75 de la LOREG la JEC no tiene posibilidades de actuación. Una posición que confirma la necesidad de que las fuerzas políticas en el Congreso adopten cuanto antes una iniciativa de reforma con la que todos dicen estar de acuerdo.

Fuente: FIEC